QUÉ FASTIDIO
Créalo o "No... Pero Así Cip"

Quienes pertenecen al Cip o simplemente conocen la tarea que hace a su razón fundacional, jamás pensarían que la entidad pudiera realizar publicidad engañosa y comparativa, siquiera alguna modalidad que se asemeje a cualquier práctica no ética. Mucho menos como integrante del mercado publicitario, al que busca sanear incansablemente. Lejos de ello, cada empresa asociada, que en conjunto da forma a la institución, sigue un código de ética, al que el propio Cip se ajusta desde sus inicios, como no podría ser de otra manera.
Pues créalo o no, el pasado 16 de enero recibimos una intimación por parte de la empresa NOP SRL que brinda servicios de asesoramiento a entidades financieras sobre normativa previsional y bancaria, entre otros aspectos, porque se sentía "fastidiada", tras lo cual exigía que desistamos "en lo sucesivo de hacer alusión y/o utilización de nuestra marca Nop en los textos de vuestras publicidades" (en referencia al aviso Así Cip... Así Nop que se publicara en Publimetro).
Nos hacía responsables de una grave infracción a las disposiciones de la Ley de Lealtad Comercial, a la de Defensa de la Competencia y a la de Defensa del Consumidor, "en cuanto introduce una publicidad comparativa y engañosa en un modo que produce daño a nuestra firma, amparado también por las normas del derecho común" (SIC).
¿Qué tal?! Sí, parece que todo eso hicimos a través de la pieza gráfica donde Marcelo, el ex empresario que dio crédito a sus clientes, pero confió sólo en su intuición, se agarraba la cabeza, mientras Alejandro, el empresario que dio crédito a sus clientes previo análisis de sus antecedentes comerciales por parte del Cip, se veía muy feliz y tranquilo atendiendo el teléfono para no parar de hacer buenos negocios.
¿Se acuerda, no? Pues ahora el aviso quedó en "Así No... Así Cip". Y por supuesto también quedó bien aclarado en la carta documento que respondimos, que nuestra institución, que además no compite para nada con la entidad en cuestión –además de que no somos una empresa comercial sino una entidad sin fines de lucro que agrupa a modo de cámara a empresas vinculadas a la actividad publicitaria-, en ningún momento pretendía hacer una alusión disvaliosa de esa firma, sino que simplemente no conocía de la existencia de esa empresa al momento de publicar el aviso en cuestión.
Créalo o No... Paradójicamente para nosotros , el desconocimiento lógico del "amplio espectro de actividades empresarias y sus nombres respectivos", puede generar un fastidio tal que se lo acompañe con una formal intimación, so riesgo de enfrentar acciones judiciales de quién sabe qué magnitud.
Más allá del desenlace que tuviera el tema, surge la pregunta: ¿No podrían haber enviado una misiva más amistosa para iniciar el pedido de que no se usara el nombre de esa empresa?

COMO SI ESTO FUERA POCO...

El departamento de Vigilancia Profesional del Consejo Profesional de Ciencias Económicas también tuvo "presente" al Cip. Nos informó que sólo pueden ofrecer servicios de Consultoría Contable e Impositiva, los profesionales de Ciencias Económicas habilitados a tal fin, razón por la cual debimos modificar el aviso de referencia por segunda vez.
Así las cosas, la historia, más que un programa de Guiness con su ¡Créalo o no!, se transformó en una "inédita" fábula de La Fontaine –parafraseando a Miguel de Cervantes Saavedra en su Don Quijote- cuando advertimos que el aviso logró su cometido dejándonos su moraleja: ¡Ladran Sancho... señal que cabalgamos!