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NORMAS
ETICAS PARA CONCURSOS PUBLICITARIOS
Las Ideas No se
Matan... Se Pagan
El proceso
de selección de una agencia de publicidad dentro de los llamados "concursos
publicitarios" ya cuenta con las "normas éticas" que lo
regirán. Así lo estableció la Asociación Argentina de Agencias de Publicidad
(AAAP), que preside Patricio Bonta, reglas a las que se invitó a adherir
a los anunciantes asociados a la Cámara Argentina de Anunciantes, entre
otros.
El aspecto más trascendente del citado cuadro normativo es el compromiso
que deberá asumir el anunciante remunerando adecuadamente a todas las
agencias concursantes por el tiempo, esfuerzo y costos invertidos a los
fines de la presentación en el "concurso", en virtud a que "sólo
esa debida retribución garantiza el debido respeto a la actividad profesional
y el desarrollo de la competencia dentro de un marco de lealtad".
Hasta ahora, cuando una de las agencias se adjudicaba la cuenta del anunciante,
el resto de los participantes no cobraba un peso por su creatividad.
El apartado
"g" de los principios a cumplir en pos de la competencia sana
y leal entre las agencias que participan en un "concurso", principios
contenidos dentro del punto "3" de las normas éticas a tal efecto,
contempla expresamente que: "En el estado actual del mercado publicitario
argentino, y de acuerdo a la información obtenida, se considera que una
presentación en un concurso de agencias implica gastos que no suelen ser
inferiores al equivalente a dólares billetes estadounidenses diez mil
(U$S 10.000), cuyo reembolso a las agencias concursantes se considera
de estricta justicia.- Se deja constancia que en función de lo informado
por las agencias localizadas en el interior del país, los costos en que
suelen incurrir dichas agencias para la presentación en un "concurso"
del tipo en los que habitualmente son invitadas a participar, no suelen
ser inferiores a U$S 3.000".
La entidad de las Agencias de Publicidad elaboró además una "guía"
de pautas útiles para ese "proceso", tanto para las agencias
como para los anunciantes que contribuirá a alcanzar a partir de
hacer más sistemáticas y lógicas las etapas- mejores resultados.
Debido Respeto
Las consideraciones
que llevaron a las agencias miembros de la AAAP a fijar este encuadre
normativo de la ética, está fundado en que las mismas "han asumido
el compromiso de encauzar su actividad de modo tal de asegurar el debido
respeto a la labor profesional que desarrollan y al tiempo, costos y esfuerzos
que dedican a la misma dentro de un marco de competencia sana, intensa
y vigorosa entre ellas"; y porque además "han advertido desde
tiempo atrás la existencia de procesos de selección de agencia que vulneran
el respeto debido a la actividad de las agencias y que insumen innecesariamente
cuantiosos esfuerzos de recursos humanos y materiales por parte de las
mismas".
En virtud a los motivos expuestos a título de introducción al código
establecido, las agencias de la AAAP pasaron a dejar constancia de cuáles
son las normas éticas que, a su criterio, deben regir los procesos de
selección de agencia, invitando asimismo a los anunciantes, nucleados
en la Cámara Argentina de Anunciantes y en otras entidades, a adherir
a las normas que seguidamente expusieron.
El punto "1" cita que: "Cuando a los efectos de
la designación de una agencia de publicidad se desee contar con diferentes
alternativas el proceso de selección debe, en primer término, encauzarse
a través de lo que puede ser denominado como "presentación de credenciales
y antecedentes" de aquellas agencias a quienes el anunciante desea
conocer a los fines de su eventual designación. La experiencia nacional
y del exterior ha demostrado que deben convocarse a este procedimiento
de presentación de credenciales y antecedentes a un número limitado de
agencias, estimándose que en la realidad actual dicho número no debería
exceder de seis (6) agencias, ya que previamente el anunciante debería
haber determinado el perfil de la agencia que desea contratar. El contenido
de la presentación de credenciales y antecedentes, si bien varía en cada
caso, parte de la premisa de poder conocer quiénes son las agencias con
las que posiblemente se contrate y, lo que aquí interesa, es que no se
debe en ningún caso exigir la presentación de pruebas o propuestas concretas
de trabajo, para un producto o servicio actual o potencial del anunciante,
las cuales son propias de los denominados "concursos de agencias"
a los que se hará referencia seguidamente".
Ya en su punto "2" refiere expresamente que: "Sólo
en aquellos supuestos en que la elección de una agencia de publicidad
objetivamente exija la presentación de propuestas creativas o estratégicas,
se invitará a las agencias a participar de este proceso de selección,
que a los fines del presente se denominará como "concurso de agencias"
y que se caracteriza porque adicionalmente a los antecedentes y credenciales,
las agencias invitadas someten a consideración del anunciante propuestas
estratégicas, creativas o de ambos aspectos.- De acuerdo a la experiencia
nacional y extranjera, en el estado actual del mercado, se considera innecesario
requerir la participación de más de tres (3) agencias en estos "concursos",
número que puede ampliarse a cuatro (4) si también participa la actual
agencia del anunciante".
Principios Éticos
El punto "3"
que detalla los principios éticos y al que ya hicimos referencia al comienzo
de esta nota, además del mencionado apartado "g" que compromete
al anunciante a remunerar a todas las agencias participantes, el resto
de los principios invitan a:
a) Claridad en la información requerida y en la propuesta que el
anunciante espera que sea suministrada por la agencia.- Para ello, se
deberá requerir lo mismo a todas las agencias participantes a fin de asegurar
reglas justas y equitativas en el proceso de selección.-
b) Información sobre cuáles son las agencias participantes en el
"concurso".
c) Determinación de la misma fecha límite para todas las agencias
intervinientes a los efectos de la presentación de la propuesta y, si
se requieren presentaciones de las propuestas, agrupar las mismas en el
menor plazo posible.
d) Determinación de la fecha en que el anunciante tomará su decisión,
la cual debe ser comunicada a las agencias simultáneamente con la invitación
al "concurso".
e) Compromiso recíproco del anunciante y de las agencias invitadas
a participar de guardar estricta confidencialidad sobre toda la información
que se intercambie con motivo o en ocasión del "concurso".
f) Compromiso del anunciante de respetar la propiedad intelectual
sobre las propuestas que formulen las agencias concursantes y obligación
del anunciante de abstenerse de utilizar total o parcialmente las propuestas
o ideas presentadas por aquellas agencias que no hayan sido seleccionadas,
salvo que con posterioridad se realice un acuerdo que asegure la adecuada
remuneración por el uso de la creación de la agencia en cuestión.- El
anunciante asimismo deberá comprometerse a devolver a las agencias participantes
todos los materiales e información que las mismas hubiesen suministrado,
obligándose a no guardar copia en formato alguno de los mismos.-
Finalmente las agencias miembros de la AAAP reiteran en el punto
"4" del Cuadro de Normas Éticas que, "sólo el debido respeto
a las pautas señaladas en el presente asegurarán el resguardo de la ética
profesional y el mantenimiento de una competencia leal y sana entre las
agencias publicitarias comprometiéndose a informar por escrito a la AAAP
acerca de los concursos en los cuales sean invitadas a participar".
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